Año 7 - Edición semanal - ISSN 2422-7226

El Gobierno habilitó la actividad de cruceros bioceánicos y antárticos

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Año 7 / Edición XXXVI / Argentina / 30-08-2021 / ISSN 2422-7226 

Podrán volver a operar a partir del próximo 20 de octubre, bajo normas que deberán cumplir las empresas y los pasajeros.

En el marco de las flexibilizaciones que se está llevando adelante respecto del turismo, a pesar de que las fronteras todavía permanecen cerradas para los extranjeros, el Gobierno anunció que en las próximas semanas volverán a funcionar los cruceros bioceánicos y antárticos que pasan por la Argentina. La medida fue anunciada a través de la Decisión Administrativa 834/2021, publicada el pasado martes en el Boletín Oficial.

Con la firma del jefe de Gabinete, de los ministros de Desarrollo Social, de Turismo y Deportes, se estableció que el sector volverá a prestar servicios a partir del 20 de octubre de 2021, luego de varios meses de inactividad.

Las autoridades nacionales explicaron que la reanudación se llevará adelante “de manera progresiva y segura”, siguiendo con los protocolos, para prevenir los contagios de coronavirus que se encuentren vigentes al momento de su implementación y con sujeción a las recomendaciones que al efecto establezca la autoridad sanitaria nacional. En este sentido, se informó que las empresas deberán cumplir las normas incluidas en los requerimientos, para la reapertura de Cruceros hacia la Antártida y Cruceros Bioceánicos en la Argentina, los cuales fueron elaborados para la ocasión.

De esta manera, las compañías del sector tendrán, por ejemplo, que prever el cupo máximo de personas permitidas a bordo teniendo en cuenta la capacidad de carga del buque, respetando según ella el aforo que se defina en el protocolo. Asimismo, el reglamento indica que las empresas tendrán que prever flexibilidad para cambio de fecha y reprogramaciones de operaciones, según situación epidemiológica en partida y destino, y estarán obligadas a garantizar un servicio médico a bordo, que se corresponda con la cantidad de personas que viajan en él.

Los pasajeros nacionales, residentes, extranjeros y el personal afectado deberán observar las condiciones que se establezcan y rijan con relación al ingreso de personas a la República Argentina al momento de su implementación.

Tanto la tripulación como los viajeros, deberán cumplir con los siguientes trámites antes de embarcar:

– Cuestionario de la Declaración de Salud del Viajero y/o complementarios y control de temperatura a toda persona.

– Testeo PCR en un máximo de 72 horas antes del viaje: quienes vienen en el buque no deben realizar el PCR, solamente deben hacerlo las personas que abordarán en el buque en el territorio nacional.

– Registros de síntomas para todas las personas que aborden el buque.

– Días de aislamiento previo al embarque: todas las personas que provienen del extranjero y abordan en territorio nacional deberán respetar las medidas sanitarias vigentes al momento de la reactivación de la actividad para turistas extranjeros.

– Vacunación: se deberá solicitar a todas las personas que embarquen al crucero un certificado de vacunación del 100% (huéspedes, personal, tripulación) con esquema completo. Aquellas personas que no estén vacunadas no se le permitirá el ingreso a bordo. El esquema completo debe haberse cumplimentado al menos 21 días antes de embarcar (ya sea que se trate de una vacuna con una o dos dosis). Las vacunas aceptadas son todas las vacunas aprobadas por la OMS, y/o aprobadas en el país de origen y/o aprobadas en la Argentina, las cuales deberán acreditarse con sus respectivos certificados oficiales.

– Todas las personas deberán contar con seguro por COVID-19 y seguro por fallecimiento, que incluya aislamiento, traslado, internación y, en el debido caso, repatriación. Asimismo, deberá cubrir el aislamiento y traslado de un eventual caso sospechoso por contacto estrecho. Además, deberá contemplar la posibilidad de cobertura de la suspensión del viaje.

Fuente: Portal de noticias web “Ahora Calafate” – 24/08/2021

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