Año 7 - Edición semanal - ISSN 2422-7226

Minería y Medio Ambiente: «No debemos caer en la simpleza de oponernos al progreso»

ISSN 2422-7226

(Año 4/ Santa Cruz/ 19-05-2019/ ISSN 2422-7226)

Por la Lic. Agustina Noé Gutiérrez, ambientóloga.

La concientización por el cuidado del ambiente, afortunadamente, ha crecido notablemente en los últimos años. La humanidad está aprendiendo a valorar la naturaleza y no minimizarla a una fuente de recursos que nos permite vivir. Como consecuencia, nos vimos obligados a enfrentar los impactos ambientales de nuestras actividades y buscar un equilibrio entre la conservación del ambiente y el desarrollo industrial.

La industria minera nos ha permitido mejorar nuestro estilo de vida. Todo lo que nos rodea inevitablemente es producto de esta actividad: desde las estructuras de nuestros hogares que contienen cemento, arena, ladrillos (que no podrían existir sin la extracción de la caliza, arcilla, yeso, entre otros); los transportes que utilizamos cotidianamente (fabricados con acero, aluminio, cinc, plata, cobre, entre otros); hasta las computadoras o los teléfonos móviles de los que nos cuesta tanto separarnos (compuestos por oro, plata, cobre, sílice, litio, entre otros).

Entendiendo esto, es muy difícil decir “No a la minería”, porque esto sería proporcional a decir: “no a las construcciones de hogares”, “no a los celulares”, “no a los televisores”, y así continuar infinitamente. No debemos caer en la simpleza de oponernos al progreso. Es mejor decir “No a la minería ‘insustentable’”, que es equivalente a la actividad irresponsable que hemos tenido por tantas décadas. Minería que ha explotado indiscriminadamente sitios sin tener en cuenta la limitación de los recursos naturales y la fragilidad de los ecosistemas, ni tampoco se ha hecho cargo de las consecuencias de su actividad. Los impactos generados por esta industria varían según el tipo de mineral o roca que se explota como también de las características de los yacimientos, su ubicación geográfica, la conformación geológica del lugar y la modalidad de explotación.

Sin embargo, de manera global, podemos distinguir las siguientes alteraciones:

• Impacto atmosférico: mediante la emisión de gases y partículas sólidas. Asociado principalmente a las actividades de perforación, remoción de superficie y tareas de carga y transporte.
• Impacto por ruidos y vibraciones: mediante perturbaciones sonoras y microsísmicas debido al uso de maquinarias y explosivos. Lo que causa migración de la fauna de sus hábitats naturales.
• Impacto sobre el suelo: mediante desmontes, nivelaciones o la construcción en general de infraestructuras para realizar la actividad. Esto genera una pérdida importante de la vegetación que lleva inevitablemente a la desertización y riesgos geológicos como avalanchas o agravamiento de inundaciones.
• Impacto sobre el agua: mediante el vertido de aguas residuales (por ejemplo, con el arrastre de reactivos adicionados en el proceso de obtener el recurso de interés) o arrastre de partículas sólidas a través del escurrimiento superficial.

Parte de estos impactos podrían evitarse o, por lo menos, disminuirse mediante mejoras en las condiciones de operabilidad y mediante la ejecución de evaluaciones de impacto ambiental que incluyan la restauración o remediación al concluir la actividad. Entre ellas, podemos considerar la realización de un diseño simultáneo del proyecto de explotación que planifique el sitio de interés junto a su remediación; la utilización de nuevas tecnologías que disminuyan la emisión de gases o ruidos generados; la recirculación del agua consumida para reducir su uso; el tratamiento de las aguas residuales anterior a su vuelco.

Es innegable que existe un gran desafío mundial para aprovechar el recurso minero en forma sustentable. Su explotación se vió obligada a cambiar y evolucionar conforme a esta demanda social. Hoy día, al hablar de minería no podemos sólo referirnos a la obtención de estos georrecursos para el abastecimiento de la población, sino que debemos considerar los posibles impactos de esta actividad y poner sobre la mesa las medidas de corrección o mitigación (prevención, control, atenuación, restauración y compensación de impactos ambientales negativos) necesarias que nos permitan conservar el ambiente.

¿Pero, es suficiente esto?

En la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992), se proclamó el derecho del Estado de aprovechar sus propios recursos según sus propias políticas ambientales y de desarrollo de tal manera que esto responda equitativamente a las necesidades de las generaciones presentes y futuras como también, se le pide al mismo, promulgar leyes eficaces sobre el medio ambiente que desarrolle la responsabilidad e indemnización de los efectos adversos de los daños ambientales y fomentar la internalización de los costos ambientales bajo el criterio de que “el que contamina, paga”.

Es decir que, para que minería y ambiente coexistan, deben definirse claramente pautas necesarias desde la política. Resulta imposible asegurar la sostenibilidad de las actividades industriales si existe ausencia por parte del Estado. Es indispensable su rol tanto de legislador como de regulador del cumplimiento de las normas y ejecutor de las penas ante el incumplimiento.

Y, por último y no por eso menos importante, nuestra participación activa como ciudadanos exigiendo que el Estado cumpla con sus responsabilidades.

Fuente: Prensa GeoMinera.

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