Año 7 - Edición semanal - ISSN 2422-7226

Ley Micaela en Medios de Comunicación

ISSN 2422-7226

Año 7 / Edición XXXVII / Nacional / 06-09-2021 / ISSN 2422-7226  

Por el equipo editor del Observador Central

La prevención, sanción y erradicación de las violencias por razones de género es un compromiso de nuestro presente. Esto alcanza a los medios de comunicación ya que son actores sociales  que pueden contribuir con abordajes y tratamientos responsables, evitando la reproducción de estereotipos que abonan a la violencia estructural que se ejerce sobre las mujeres y las identidades disidentes. Es por eso que, ante la necesidad de una capacitación permanente y obligatoria, se creó una mesa de trabajo para impulsar y replicar la Ley Micaela (Nº 27.499) en los medios de comunicación a nivel nacional. Una ley transformadora que propone generar cambios de comportamiento en la sociedad.

La Ley Micaela por ahora se aplica de forma obligatoria solo en los organismos de los tres poderes del Estado (autoridades y personal). Según una investigación de ONU Mujeres, de la que participaron más de 100 países, el 46% de las noticias, tanto en medios impresos como en la televisión y digitales, promueven los estereotipos de género. Solamente el 6% hace hincapié en la igualdad de género

Micaela García era una joven de 21 años, militante del Movimiento Evita y el colectivo Ni Una Menos. Una noche salió de un boliche en Gualeguay, Entre Ríos, fue violada y asesinada por Sebastián Wagner, condenado por dos violaciones y que estaba en el momento con libertad condicional. Era una activa participante de las campañas contra la violencia de género y por los derechos de las mujeres, y su crimen causó una gran conmoción en el país.

Micaela era una joven mujer con cientos de proyectos, con una vida que abrazaba a su comunidad, con compromiso por los derechos humanos, con la realidad que la rodeaba y con el valor de la vida.

El 10 de enero de 2019 fue promulgada la ley 27.499. Establece la capacitación obligatoria en género y violencia de género para todas las personas que se desempeñan en la función pública, en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación. Esta capacitación a los tres poderes del Estado, da la posibilidad de observar la prácticas diarias que reproducen las desigualdades de género y actuar en consecuencia para transformarlas; y para el diseño y persecución de políticas públicas con perspectiva de género.

Ahora proponen ampliar la Ley Micaela hacia los medios de comunicación. La iniciativa alcanza a aquellos que reciben pauta oficial, de modo tal que el tratamiento de las noticias tenga perspectiva de género y colabore en frenar la naturalización de la violencia.

El proyecto es producto de la unificación de los proyectos redactados por Ayelén Sposito, Gisela Marziotta y Silvana Ginocchio en una mesa de trabajo compuesta por integrantes de la Fundación Micaela García “La Negra ” (con el especial acompañamiento de Andrea Lescano y Nestor García, mamá y papá de Micaela), periodistas feministas e integrantes de la Red de Medios Digitales.

Este proyecto de ley tiene como objetivo, al igual que la Ley Micaela en el Estado, el cambio de los comportamientos hacia los trabajadores de los medios para comenzar a problematizar y transformar ciertas dinámicas periodísticas y de comunicación que vulneran derechos de miles de mujeres e identidades disidentes.

En el artículo 1°, el proyecto establece la capacitación obligatoria en las temáticas de género y violencia contra las mujeres prevista en la Ley N°27.499 (ley Micaela) de los/as propietarios/as y el personal – jerárquico y no jerárquico – de los medios de comunicación inscriptos en el Registro Nacional de Proveedores de Publicidad Oficial, dependiente de la Secretaría de Medios y Comunicación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.

En otro punto, ordena la creación de la Mesa Interpoderes para la Aplicación de la Ley Micaela en Medios de
Comunicación
 (MIALMMC). Este organismo estará a cargo de aplicar la normativa y de presentar los lineamientos generales de los contenidos mínimos de la capacitación, entre otras funciones.

También exige la elaboración de un informe anual sobre la Ley Micalela en Medios de Comunicación que deberá ser armado por el organismo de aplicación de la normativa, y presentado ante la Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización. Así, se podrá conocer la implementación de la ley y el alcance real en el sector.

Download PDF
Año - Edición -

No hay comentarios

Agregar comentario