Año 7 - Edición semanal - ISSN 2422-7226

15/10: Día de las cooperadoras escolares ¿Cuál es su función?

ISSN 2422-7226

Año 7 / Edición XLIII / Santa Cruz / 18-10-2021 / ISSN 2422-7226  

Con intervención del Equipo Editor del Observador Central

¿Qué lugar ocupan las cooperadoras escolares en nuestro sistema educativo provincial? Memorias y análisis de partes de la ley que las regula y gerencia.

Cada año se celebra un nuevo aniversario del Día de la Cooperación Escolaren conmemoración a la creación de la “Primera Junta Vecinal de Ayuda a las Escuelas”el 15 de octubre de 1816 en Chascomús, provincia de Buenos Aires.  El Consejo Provincial de Educación de Santa Cruz, a través del Acuerdo Nº 235/10, incorporó al Calendario Escolar este día en reconocimiento a la tarea que llevan adelante las cooperadoras.

Las Cooperadoras de Escuela permiten lograr cambios en las instituciones educativas, estas suelen ser agrupaciones de estudiantes egresados, grupos de padres de familia y de amigos que buscan promover el bienestar de los niños, niñas y adolescentes en cada comunidad. Así, la cooperadora se convierte en el nexo principal entre sociedad y escuela.

En este día se propone revalorizar la tarea que desarrollan las cooperadoras escolares en el seno de la comunidad educativa siendo nexos fundamentales entre las instituciones, los organismos provinciales y la sociedad en general,  se destaca el trabajo voluntario, el gran esfuerzo, solidaridad y amor hacia los estudiantes. La organización de las familias y de otros actores sociales en asociaciones de cooperadoras escolares es uno de los rasgos característicos de la educación argentina, con gran relevancia en las experiencias comunitarias de nuestro país.

La Ley 26.206 de Educación Nacional contempla la participación de las familias de manera individual o a través de las cooperadoras escolares u otras formas asociativas en el proyecto educativo institucional. Asimismo, vale destacar que en 2012 se sancionó en el Congreso de la Nación la Ley N° 26.759 de Cooperadoras Escolares estableciendo sus funciones en el marco de la participación de las familias como parte de la comunidad educativa y promoviendo una mayor institucionalización de las mismas con articulación con los equipos directivos institucionales.

Santa Cruz, el error y la sanción

Recordando lo sucedido al iniciar este año con las directoras de la escuela especial Nº 8, aun sabiendo que la cooperadora fue quien recibió la donación de una heladera, necesaria para la institución, y al leer el cuerpo de la ley podemos apreciar dónde estuvo, tal vez, el error. 

En su art Nº6, Ley de cooperadoras escolares (LEY 26.759), sancionada el 30 de Agosto de 2012 reza sobre sus funciones y cita: “Las cooperadoras escolares podrán:
a) Recibir aportes y subsidios que otorguen las autoridades nacionales, provinciales o municipales.
b) Recibir contribuciones de sus integrantes, las que en ningún caso serán obligatorias para éstos.
c) Recaudar fondos a través de la realización de actividades organizadas con el consentimiento de las autoridades escolares, así como recibir contribuciones y/o donaciones de particulares, empresas y organizaciones de la sociedad civil. En ningún caso los fondos percibidos por estas contribuciones podrán tener como contrapartida su publicación explicitada en términos publicitarios o propagandísticos del donante.

Entonces queda en la memoria de la sociedad el movimiento mediático del tema, la sanción y el malestar generado en las diferentes áreas y profesionales afectados, también es necesario tomar en cuenta la situación de las personas que participan en estas loables instituciones de forma totalmente voluntaria y ad honoren porque en ellas también recae la culpa de realizar una gestión que se ve opacada por sanciones que se podrían evitar con un poco de responsabilidad. Entonces surge una posible afirmación, cuando las donaciones persiguen soluciones a las problemáticas de la sociedad deben quedar en la sombra y no ser difundidas, ¿Será esta la solución?

En este año electoral, muchas organizaciones recurren a la búsqueda de donaciones en busca de beneficios para las comunidades escolares, que si bien reciben las partidas provinciales, no dejan de ser insuficientes; en diálogo con familias que participan activamente en las mismas plantean lo desgastante de realizar gestiones y que al final se vean truncas por cuestiones políticas partidarias que no colaboran en la solución de las necesidades de los estudiantes ni las instituciones.

Fuentes: Portales web de noticias: “Consejo Provincial de Educación” – 15/10/2021; “Leyes-ar.com”; “El patagónico” – 21/05/2021

Download PDF
Año - Edición -

No hay comentarios

Agregar comentario