Año 7 - Edición semanal - ISSN 2422-7226

Pesca provincial: Gestión y protección de la Biodiversidad-pasos de servidumbre

ISSN 2422-7226

Año 7 / Edición XXXIV / Río Gallegos/ 16-08-2021 / ISSN 2422-7226

Con intervención del equipo editor del Observador Central

La subsebretaria de pesca, Lucrecia Bravo, participó en la semana pasada de dos encuentros diferentes en busca de iniciar el camino para el desarrollo de la industria pesquera tanto económico, recreativo y de protección de las especies en la provincia. 


El encuentro se dio en el marco del Proyecto “Fortalecimiento de la gestión y protección de la biodiversidad costero marina en áreas ecológicas clave y la aplicación del EEP (Enfoque Ecosistémico de la Pesca)”, llevado adelante por el MAyDS (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación) con co-ejecución del Consejo Federal Pesquero.

“Es una propuesta muy interesante para Santa Cruz, porque no existen antecedentes en este sentido; lo que nos invita a trabajar en lo inmediato y repensar algunas dinámicas para avanzar en el relevamiento y proyección de la información que tenemos disponible y que aún no está procesada”, destacó la subsecretaria Lucrecia Bravo, destacó que “fue un primer encuentro muy interesante, porque no sólo tiene que ver con el enfoque biológico y de la conservación del recurso y de la interacción con otras especies, sino para empezar a documentar y registrar todo el encadenado productivo que implica la pesquería de merluza para la territorialidad”.

El proyecto surgió con la necesidad de ampliar la información disponible en aspectos sociales y económicos, a fin de complementar la información biológica-pesquera existente, facilitando con ella una comprensión integral de la estructura y desempeño de las pesqueras; además de abordar el análisis de las mismas desde una perspectiva ecosistémica, que comprenda de modo integrado las distintas dimensiones que describen su funcionamiento, teniendo en cuenta que en la actualidad no se cuenta con información social y económica integrada, sistematizada y relevante para la aplicación del Enfoque Ecosistémico de la Pesca.

Para finalizar sostuvo que se busca “poner en valor la integración del recurso pesquero y la implicancia de la pesquería de merluza en términos productivos y económicos”.

En una segunda reunión la subsecretaria de Pesca de la provincia, acompañada por el director de Pesca Continental, Carlos Maturana, se reunió con la presidenta de la Sociedad Rural de Río Gallegos, Liliana Fernández, con el objetivo de trabajar de manera conjunta en un acuerdo para generar pasos de servidumbre para los pescadores deportivos y costeros artesanales.

Esta iniciativa se da luego del encuentro que mantuvieron en el mes de junio los pescadores locales artesanales y comerciales y el edil Leonardo Fuhr, con la ministra de Producción, Silvina Córdoba y la subsecretaria Lucrecia Bravo, en respuesta a las necesidades que manifestó el sector.

En un principio estamos trabajando en Río Gallegos, pero la idea es replicar estas experiencias en el resto de la provincia”, contó al respecto Lucrecia Bravo, la titular de la cartera en Santa Cruz; la misma se manifestó muy conforme con la reunión “fue muy positiva, estuvimos evaluando diferentes alternativas para encontrar el consenso que necesitamos para avanzar y poder dar cumplimiento a lo que dice la Ley Provincial de Pesca en torno a los pasos de servidumbre”.

Además, Bravo destacó la importancia de estos encuentros que permiten articular el trabajo, conocer las demandas del sector y saber por qué es tan complejo habilitar esos mecanismos, “me comprometí a enviarles en las próximas semanas un borrador de un convenio tentativo, para que ya podamos avanzar con algunas de las estancias involucradas”.

Ley de Pesca en aguas de dominio público provinciales Nº 1464/82 establece en su CAPITULO II – DE LAS SERVIDUMBRES DE PESCA

ARTÍCULO 8.- Las riberas del mar, bahías, rías y toda la costa marítima están sujetas a servidumbre en favor del común, para fines de pesca. La franja ribereña aludida se extiende en toda la longitud de la costa sobre el ancho de 50 mts tierra adentro, contados desde las líneas de más altas mareas.

ARTÍCULO 9.- A los efectos de acceder a la costa marítima con fines de pesca, los caminos nacionales, provinciales, municipales, vecinales y de servicio existentes o futuros, se consideran pasos obligatorios. En los lugares donde no existieran caminos de los enumerados en el párrafo anterior a una distancia no mayor a dos (2) kilómetros, los predios ribereños al mar quedan sometidos a servidumbre administrativa de tránsito a efectos de permitir el acceso a la costa con fines de pesca.

ARTÍCULO 10.- Los fundos con ribera a ríos, arroyos, lagos y lagunas existentes en la Provincia, quedan sometidos a servidumbre administrativa de tránsito a efectos de permitir el ejercicio de la pesca deportiva.

ARTÍCULO 11.- En los supuestos contemplados por el segundo párrafo del artículo 9 y el artículo 10, la Autoridad de Aplicación deberá convenir con los propietarios de los fundos sujetos a servidumbre, los lugares por donde se efectuar el paso.

Fuente: Portal digital web del Ministerio de Producción de Santa Cruz- 12 -13/08/2021

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